La condena histórica de 60 años contra un reclutador por ejecuciones extrajudiciales

El Juzgado Primero Penal del Circuito de Ibagué dictó a comienzos de este año una de las penas más severas en el país: 60 años de prisión para Luis Jhon Castro Ramírez, hallado responsable de reclutar a 17 jóvenes reportados por el Ejército como guerrilleros dados de baja en combate. A pocos días de que la JEP emita su primera sentencia sobre ejecuciones extrajudiciales, Mutante conversa con Danilo Guarín, abogado de las víctimas de este caso, para explorar aquellos retos que la justicia ordinaria permite prever sobre la transicional.

Fecha: 2025-08-20

Por: Natalia Duque Vergara

Portada:

Diseño Mutante

La condena histórica de 60 años contra un reclutador por ejecuciones extrajudiciales

El Juzgado Primero Penal del Circuito de Ibagué dictó a comienzos de este año una de las penas más severas en el país: 60 años de prisión para Luis Jhon Castro Ramírez, hallado responsable de reclutar a 17 jóvenes reportados por el Ejército como guerrilleros dados de baja en combate. A pocos días de que la JEP emita su primera sentencia sobre ejecuciones extrajudiciales, Mutante conversa con Danilo Guarín, abogado de las víctimas de este caso, para explorar aquellos retos que la justicia ordinaria permite prever sobre la transicional.

Fecha: 2025-08-20

Por: NATALIA DUQUE VERGARA

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En noviembre de 2007, tres hombres salieron desde Cali en busca de una “caleta”, es decir, un oro o dinero que estaba enterrado supuestamente en el Tolima. El 6 de ese mismo mes, llegaron a la finca La Vega del corregimiento Villa Carmelo, de Cali, y allí fueron asesinados por la Tercera Brigada del Ejército Nacional.

Los tres hombres, Gustavo González Daza, Jhon Eider Corrales Chalá y Víctor Hugo Mosquera Bossa, fueron presentados como miembros del Ejército de Liberación Nacional (ELN) dados de baja durante un supuesto enfrentamiento. 

Unos días antes habían sido contactados por Luis Jhon Castro Ramírez, también conocido como “el zarco”, quien los convocó para viajar en búsqueda de la guaca que él sabía inexistente.

En realidad, “el zarco”, quien desertó del ELN en Cali, los reclutó en colaboración con integrantes del Ejército Nacional para asesinarlos y hacerlos pasar por guerrilleros, según lo señala la sentencia del Juzgado Primero Penal del Circuito de Ibagué (Tolima), emitida el 7 de abril de 2025. 

Según la sentencia, él “fue el encargado de conseguir a las víctimas, engañarlas con falsas promesas remuneratorias y trasladarlas a las zonas rurales donde iban a ser acribilladas, conforme a un plan criminal previamente acordado con personal de las Fuerzas Militares”.

A pesar de que en 2024 “el zarco” solicitó su ingreso a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), ese tribunal no se ha pronunciado sobre su ingreso. Por eso, casi 18 años después, la justicia ordinaria falló en contra de Castro con una de las penas más altas en la historia del país por delitos asociados a los “falsos positivos”: fue condenado a 60 años de prisión por la coautoría de 17 homicidios y concierto para delinquir.  

En Colombia, según la JEP , entre 2002 y 2008, 6.402 personas fueron víctimas de ejecuciones extrajudiciales, es decir, muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado. Incluso, la misma Jurisdicción ha reconocido que este número podría ser un subregistro .

Cada una de estas personas fue también “reclutada” o “seducida” por personas como el zarco, quienes se encargaron de presentar promesas u ofertas laborales a las víctimas, quienes llegaron a un destino donde fueron ejecutadas.

“Esta es una condena ejemplar sobre ejecuciones extrajudiciales”, dice Danilo Guarín, defensor de derechos humanos, abogado del Comité de Solidaridad con Presos Políticos (CSPP) y representante de víctimas en el caso contra “el zarco”.

Sin embargo, la mayoría de responsables por estos hechos están siendo juzgados actualmente por la JEP a través del macrocaso 03. Este mes, el tribunal debe revelar las primeras condenas y una de ellas será contra doce exmilitares del Batallón La Popa (Valledupar) por ejecuciones extrajudiciales

Mientras tanto, las víctimas se han manifestado a través de plantones anticipando la posibilidad de que no llegue la justicia para estos casos. Por ejemplo, el 22 de julio en Bogotá el Movice aseguró que “la JEP hoy premia con impunidad a sus responsables”, aludiendo al caso de 34 militares que habrían estado implicados en las ejecuciones extrajudiciales de jóvenes asesinados en Ocaña. 

De hecho, “el zarco”, ya condenado por la ordinaria, aún insiste en entrar a la JEP, en donde podría reducir su sentencia drásticamente. 

Mutante conversó con Guarín, el representante de las víctimas, sobre la información que este proceso puede aportar al universo de casos sobre ejecuciones extrajudiciales que aún está por ser esclarecido, y sobre las expectativas de justicia que tienen las víctimas.

Natalia Duque: ¿Cómo fue el reclutamiento de los jóvenes en el caso de Gustavo González Daza, Jhon Eider Corrales Chalá y Víctor Hugo Mosquera Bossa?

Danilo Guarín: Estos jóvenes fueron llevados por “el zarco”, o sea, engañados contándoles, incitándolos a recuperar un dinero que supuestamente estaba enterrado en un lugar que él conocía. 

De Cali, del Valle del Cauca, se lleva a siete personas con el señuelo de un oro que iban a encontrar en una finca, por allá en un municipio del Tolima. Llegan en dos carros y ahí ya está preparado todo el andamiaje extrajudicial para ejecutarlos. 

Esto pasó en alianza, orientado por un hombre de inteligencia del GAULA (Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal) Valle del Cauca que se llama Rubiel Bustos Escárraga. 

ND: ¿Cómo era el perfil de los jóvenes que reclutó el zarco?

DG: Son muchachos que, por ejemplo, uno era un vendedor de frutas en carreta en la ciudad de Cali. Otros eran comerciantes: comerciaban con ropa, etcétera. Otros estaban desempleados. 

Yo diría que Bustos Escárraga lo aleccionó sobre cómo invitar a la gente a esas actividades presuntamente ilegales y ofrecerles una buena ganancia para que ellas aceptaran ir. 

ND: ¿Cómo se dió esa coordinación con el GAULA?

DG: Este señor Castro Ramírez había entablado una conversación con el Gaula Ejército Valle del Cauca y había ofrecido sus servicios como supuesto informante, aduciendo que él era miembro del ELN, que ya no quería seguir con ese grupo y que quería beneficios judiciales. 

Entonces el Gaula, a través de Bustos Escárraga, hombre de inteligencia de esa unidad operativa militar en Cali, le dice que listo, de acuerdo, vamos a trabajar sus beneficios judiciales pero usted sirvanos de informante y hagamos esto y esto. 

Es decir, lo convocan para lo que se hizo con tanta frecuencia: llevar personas inocentes a una actividad supuestamente delictiva, para entonces allá ejecutarlos extrajudicialmente.

ND: ¿Qué patrones cree que nos puede aportar este caso sobre las ejecuciones extrajudiciales, de cara a un momento tan crucial como este en el que también en la JEP emitirá sus primeras sentencias?

DG: Primero hay un enganche de una relación del informante con un miembro del Ejército Nacional, puede ser agente de inteligencia o puede ser un miembro de la Fuerza Pública. 

En este caso, la reacción de El Zarco fue directa. Fue primero con un capitán del Gaula Ejército Nacional de Cali. Después ya esta persona lo engancha o lo relaciona con Bustos Escárraga.

Entonces el patrón es: ubican al informante, le dicen que por cada información le van a pagar un buen dinero, que le van a dar beneficios judiciales porque dijo que se quería ir del ELN. 

También otro patrón es ubicar gente que tiene una situación precaria desde el punto de vista económico, es decir, a los que trabajan por horas, por días, que están en la casa dos o tres días sin poder trabajar. Porque es una orientación que la gente de la Fuerza Pública, en este Ejército Nacional les entrega a esos informantes.

Otro tipo de gente, también puede ser como ha ocurrido muchas veces, habitantes de calle, por ejemplo. Otra cosa que se repite es que los llevan a un sitio fuera de su espacio natural o territorial o de vivienda. 

El agente de inteligencia Bustos Escárraga le proporcionó al zarco dos uniformes para que fueran vestidos y allá, antes de ser ejecutados extrajudicialmente, nunca falso positivo, sino ejecutado extrajudicialmente, a los muchachos los obligan a vestirse de militares y uno de ellos de policía para su ejecución extrajudicial. 

ND: Entiendo que Bustos Escárraga duró veinte años como suboficial del Ejército y así se pensionó ¿Se adelantó algún proceso judicial contra él?

DG: Él estuvo varios años detenido, salió en libertad y ahora es compareciente ante la JEP. Ha dado varias versiones voluntarias sobre  los hechos en los cuales participó con un agravante: él nunca ha aceptado que eso era ilegal. 

Él dice: “No, yo actué bajo la legalidad. Mi mayor, mi comandante, me informaba, me ordenaba, me decía y yo siempre actué bajo el criterio de legalidad. Hoy es que me doy cuenta que eso era ilegal”.

Yo estoy convencido de que él sabía claramente que desde el momento en el cual iniciaba la acción de conseguir un informante, él sabía que era una operación ilegal, así hubiese una especie de “marco legal” o una orden de operaciones del comandante.

ND: ¿Qué ha sido lo más retador de representar a las víctimas en un proceso como este?

DG: Lo primero es la gran preocupación, el gran dolor de las víctimas como hermanas, madres, hermanos, esposas, por la tardanza extrema en el proceso penal, tanto en Fiscalía como en juzgado. Posteriormente muchos de los militares se acogen a la JEP entonces la Fiscalía no sigue investigando. 

Sólo cuando ya se hace la acusación y se inicia realmente el juicio con el Zarco en el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Ibagué es cuando ya las víctimas ven una esperanza de justicia y verdad.

ND: ¿Cuál era la expectativa de justicia que tenían las víctimas?

DG: “El zarco” y la Fiscalía estuvieron tratando de llegar a un preacuerdo que iba a ser de 20 años de pena. Ante eso, tanto las víctimas como nosotros, como representantes de víctimas, nos opusimos de manera contundente.

Entonces la Fiscalía hace otro preacuerdo ya de 25 años. Ahí las víctimas dijeron que esa podía ser la pena, siempre y cuando dijera la verdad. La esperanza nuestra era que precisamente el tipo dijera quiénes más habían participado de esas ejecuciones extrajudiciales. Sobre todo comandantes, no únicamente los soldados.

Pero si este señor nunca aportó verdad ¿cómo íbamos a validar un preacuerdo?

Al final su abogado de confianza renunció a ese posible preacuerdo y deciden ir a juicio. 

ND: ¿Qué piensan de la pena que se logró al final?

DG: Con la sentencia de 60 años que se logró se ven representadas y ajustadas a su deseo de justicia.

Sobre todo esperan que esta persona cumpla esa pena, así tenga redención por estudios, trabajo, pero que cumpla la pena y no sea favorecido porque acuda a la JEP y esta lo vuelva como un tercero en su rol de reclutador porque allí la sanción sería máximo ocho años. Para él sería una ganancia extraordinaria y una decepción grande, grande para las víctimas. 

ND: El zarco ya ha buscado entrar a la JEP ¿Es posible que la JEP lo acepte y cambie la condena?

DG: En Derecho no hay nada escrito. Esta es la primera o la segunda condena de 60 años de prisión en Colombia. Es una condena ejemplar sobre ejecuciones extrajudiciales y lo importante es que esta sentencia se cumpla.

Sí es viable que esto ocurra pero aquí la diferencia grande, sustancial, es que el señor zarco no tiene más verdad por ofrecer porque esa verdad ya está siendo contada y formalizada por otros comparecientes.

Entonces como no tiene más verdad para ofrecer, la JEP no debe aceptarlo porque ahí la gente llega para decir la verdad plena, total, completa, no parcial o cuando esa verdad ya se ha conocido por otras vías o la han contado otras personas con antelación. 

En ese sentido, si llegase a la JEP, la representación de víctimas debe oponerse a ello. 

ND: Ya sabemos que las víctimas quedaron conformes con la decisión final de esta sentencia por la justicia ordinaria. Ahora que van a empezar a salir las sentencias de la JEP ¿cuáles son los retos que tiene esta justicia transicional para cumplir con las expectativas de las víctimas?

DG: Ellos hablan de un término dialógico en el cual no hay controversia, no hay disputa, no hay rechazo, sino que se comunica. Usted como víctima puede hacer sus preguntas pero con mucho respeto, sin herir y sin mostrar rabia al compareciente.

Ese es un aspecto que a mí me llama mucho la atención porque ellos dicen que esta justicia es dialógica y transicional, no es como la ordinaria, sino que aquí las cosas se tratan de manera diferente y se ven de manera diferente. 

Pero, a mi juicio, este es un primer espacio en el que las víctimas se ven limitadas para actuar. 

Segundo, las víctimas, de boca directa de ellas, no están de acuerdo con la pena de máximo ocho años que se impone en la JEP. Además, muchos tampoco están de acuerdo con la restauración que se propone. 

Yo valoro mucho que haga su esfuerzo sobre todo en la verdad. Sin la JEP no hubiéramos podido llegar a la verdad en muchos aspectos en Colombia. Pero las herramientas que le han dado para sancionar a los comparecientes victimarios no han sido las mejores. 

En ese sentido, las víctimas no se sienten representadas con la JEP para nada. Están presentes cuando pueden y tienen disposición de hacerlo, pero no se sienten representadas sobre todo en las decisiones finales.

ND: ¿Por qué este caso se quedó en la justicia ordinaria y no logró avanzar hacia la JEP?

DG: Lo que pienso es que no lo ha hecho bien. Seguramente ahora lo hará mejor, a través de su abogado. 

Él no ha insistido, estoy seguro que era porque pensaba que iba a salir absuelto, la defensa le dio a él mucha confianza y dejaba a la JEP un poco olvidada. Pero ahora, ante esta decisión judicial, reconsiderarán que es hora y oportunidad de actuar ante la JEP.

Nosotros estamos atentos a esa decisión y la JEP está obligada a comunicarnos. Ya hemos puesto una voz de alerta ante la JEP para que en caso de que esta persona pida esta comparecencia se nos comunique oportunamente. Asimismo, de parte nuestra, aportaremos lo que consideremos necesario para que no sea validado ante esa entidad transicional.